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Cuatro manías al volante que te pueden costar una multa

Conducir es una cuestión de consciencia. Debemos saber en todo momento qué estamos haciendo y si lo estamos haciendo bien. De lo contrario, podemos ponernos en riesgo a nosotros mismos y al resto de usuarios de la vía.

Sin embargo, en ocasiones cometemos infracciones y ni siquiera nos damos cuenta. Las multas no son solo cuestión de rebasar el límite de velocidad o saltarse un semáforo. Así lo demuestran estos cuatro hábitos de los que nos habla el RACC. Son muy comunes, pero también son sancionables.

1.- Circular siempre por la izquierda: es una estampa muy típica de autopistas y autovías. Muchos conductores tienden a evitar el carril de la derecha y circulan por los situados a la izquierda. De esta manera, pensarán, se evitan la molestia de facilitar incorporaciones o encontrarse con vehículos lentos que les hagan variar su velocidad y trayectoria. Sin embargo, esta actitud, en vez de ahorrarles incordios, les puede suponer algo peor: una sanción de 200 euros. Esto se debe a que el Reglamento General de Circulación (artículo 30) especifica que como norma general se debe circular por la derecha.

2.- Apoyar el codo en la ventanilla mientras se conduce: hay que evitar posturas que limiten la libertad de movimientos del conductor, el control del vehículo o la atención. Lo dice el Reglamento. Apoyar el codo en la ventanilla puede considerarse una distracción y acarrear una multa. Son los agentes de Tráfico los que deciden si lo es o no, así que es mejor no arriesgarse. Por si acaso, también conviene evitar maquillarse, comer, beber o conducir en chanclas.

3.- Descender del vehículo sin mirar: si abrimos la puerta sin prestar atención al entorno y pasa un ciclista, un motorista o un peatón, podemos ponerlos en peligro. Por eso se considera comportamiento negligente y la multa puede superar los 200 euros.

4.- Usar el claxon cuando no se debe: abroncar a otros usuarios de la vía accionando el claxon no solo está feo. Además, puede salir caro. El Reglamento especifica que solo se pueden utilizar advertencias acústicas en tres situaciones: para evitar un posible accidente y, de modo especial, en vías estrechas con muchas curvas; para advertir, fuera de poblado, al conductor de otro vehículo el propósito de adelantarlo; y en situaciones de máxima urgencia justificada en las que el vehículo necesite paso prioritario.


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