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¿Sabes cómo circular junto a ciclistas? Un repaso a las normas

Es verano y los ciclistas salen a disfrutar del buen tiempo mientras practican su deporte favorito. Circular con nuestro coche por vías en las que se encuentran estos usuarios tan vulnerables requiere algunas precauciones especiales.

Con este motivo, la DGT recuerda algunas de las normas que se exigen para circular por distintas vías en las que estén presentes los ciclistas.

- Adelantar: la Ley de Seguridad Vial establece que el vehículo que adelante a un ciclista o conjunto de ellos, deberá hacerlo ocupando parte o todo el carril contiguo o contrario de la calzada. Se puede rebasar la línea continua, siempre que se haga en condiciones de seguridad y guardando una distancia de seguridad mínima de 1,5 metros.

Si la maniobra puede poner en peligro o entorpecer la marcha de los ciclistas que circulen tanto en el mismo sentido como en el sentido contrario al vehículo, en esos casos está prohibido realizar adelantamientos a ciclistas. También se aconseja reducir la velocidad antes de adelantarlos para realizar la maniobra de manera segura y evitar sorprenderle.

- Glorietas: los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor si, al circular en grupo, el primero ha iniciado ya el cruce o entrado en la glorieta. Esto significa que, cuando los ciclistas circulan en grupo, se consideran una única unidad móvil a efectos de prioridad de paso. Esto es así porque ayuda a reforzar su seguridad. 

- Circulación en paralelo: los ciclistas pueden circular en paralelo, en columna de a dos, pero lo tienen que hacer siempre lo más a la derecha posible de la vía y colocándose de uno en uno en tramos sin visibilidad (Art 36.1 RGC).

Además, están obligados a utilizar el arcén, en el caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada, como puede ser el caso de un carril bici. Si no hay arcén o éste no fuera transitable, los ciclistas pueden ocupar la parte imprescindible de la calzada.

- Autovías y autopistas: los ciclistas pueden circular por autovías donde no esté específicamente prohibido por una señal y solamente por el arcén. Para hacerlo, deben tener más de 14 años. Además, no se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas del mismo grupo. Por autopista tienen prohibida la circulación.

- Casco de protección: es obligatorio usar casco en vías interurbanas para todos los usuarios de bicicleta. En las urbanas, su uso es obligatorio para menores de 16 años, tanto si conducen como si viajan como ocupantes. Para los mayores de 16 no es obligatorio, aunque se recomienda su uso.

- Visibilidad de usuarios vulnerables: los ciclistas deben usar la luz delantera y un reflectante trasero en la bicicleta tanto en carretera como en zona urbana. Además, si circulan de noche o en situaciones de baja visibilidad, deben usar una prenda reflectante. 

- Alcohol y drogas: al igual que el resto de los conductores de otros vehículos, los ciclistas están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando les sea requerido en un control preventivo, se encuentren implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido alguna infracción. En estos casos, solamente se le aplica la sanción administrativa, no la detracción de puntos ya que estos van vinculados a un permiso de conducción.

- Cumplimiento de las normas: como conductores, los ciclistas tienen que cumplir el resto de las normas establecidas en la legislación de tráfico y seguridad vial, muy especialmente cuando están en las proximidades de peatones.

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Foto: Viktor Xok.

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