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Taller ilegal, infractor y clandestino no son sinónimos

Los talleres ilegales son la gran lacra de los reparadores, pero también suponen un serio problema para los usuarios. La mejor forma de combatirlos, es reconocerlos y saber que hay varios tipos: ilegales, infractores y clandestinos.

Las definiciones que a continuación mostramos y que permiten distinguir un taller ilegal, de un infractor y otro clandestino son de la Asociación Profesional de Especialistas de Neumáticos (Open).

Comienzan hablando del taller legal como aquel “establecimiento industrial en el que se efectúan operaciones encaminadas a la restitución de las condiciones normales del estado y de funcionamiento de vehículos automóviles o de equipos y componentes de los mismos, en los que se hayan puesto de manifiesto alteraciones en dichas condiciones con posterioridad al término de su fabricación. Por extensión, afectará también a la instalación de accesorios”.

En base a esta definición, se entiende que un taller es ilegal cuando “realiza la actividad y no posee el permiso o autorización que la norma exige para desarrollarla”. Los requisitos, en este sentido, incluyen la obligación de colocar la placa en su edificio, en un lugar visible. 

El taller clandestino, por su parte, se diferencia del ilegal en que este actúa como un taller legal sin la autorización administrativa, mientras que el clandestino opera “escondido”, evitando estar de cara al público, afirma el informe de la organización.

Por último, el taller infractor es aquél que usa repuestos usados, no tienen expuestos los precios al público o no da factura. Es decir, un taller legal que ha cometido una infracción tipificada en la el Real Decreto 455/2010.

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