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Tres situaciones en las que se puede superar el límite de velocidad

Ya sabes que no debes superar el límite de velocidad al conducir. No solo para evitarte multas e incluso pérdida de puntos en el carné. En realidad, la principal razón es preservar la seguridad vial, ya que cuando corremos demasiado limitamos nuestra capacidad de reacción ante un imprevisto y de control del coche, entre otras desventajas. 

Sin embargo, el Reglamento de Circulación contempla tres excepciones en las que los conductores podrán rebasar ese límite. Son muy concretas y limitadas, pero conviene que las conozcas.

Una de ellas se da en los adelantamientos en carreteras convencionales. Únicamente se puede dar en estas vías y fuera de suelo urbano. En estos casos, se puede superar el límite en 20 km/h si se conduce un turismo o una motocicleta. Es decir: olvídate si circulas por autovía o autopista, o bien si conduces cualquier otro tipo de vehículo.

Los vehículos prioritarios en servicios de urgencia son otra de las excepciones a la norma general de que no se puede superar el límite de velocidad. Ellos sí pueden hacerlo, eso sí, solo cuando se encuentren en un servicio de emergencia y lo señalicen correctamente con señales luminosas y acústicas. Si conduces un vehículo particular en este tipo de situación usando el claxon y agitando pañuelos, no podrás superar el límite.

En tercer lugar, son los ciclistas quienes pueden superar su límite en ciertas condiciones. En general, ese límite es de 45 km/h, pero si un tramo de la vía permite desarrollar una velocidad superior, podrán hacerlo. Con todo, es extraño que un ciclista supere esa velocidad, incluso aunque sea profesional.

Hay una cuarta y última excepción muy específica, limitada a pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, que permite a los vehículos participantes debidamente autorizados a superar los límites en vías en las que se apliquen las normas de circulación vigente.

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Fuente: RACC.

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